Por Erick León
• Se eliminan disposiciones que obstaculizaban los procesos de reconocimiento de hijas e hijos
• Reforma fue promovida por el diputado Venustiano Pérez Sánchez
La Paz, Baja California Sur.– El Pleno de la XVII Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó un dictamen presentado por la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia, mediante el cual se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil estatal para fortalecer el derecho de niñas y niños a la identidad y filiación.
La iniciativa fue promovida por el diputado Venustiano Pérez Sánchez y contempla la reforma al artículo 72, así como la derogación de los artículos 75 y 386 del Código Civil para el Estado de Baja California Sur.
De acuerdo con el dictamen aprobado, la reforma busca garantizar el derecho de niñas y niños al registro oportuno y acorde con su realidad familiar y biológica, eliminando disposiciones que obstaculizaban los procesos de reconocimiento de hijas e hijos.
Entre los cambios aprobados, se elimina la limitación que impedía que una mujer casada pudiera registrar como padre biológico a una persona distinta de su esposo, situación que ocurría en casos donde existía separación de hecho sin divorcio legal y posteriormente se concebía un hijo dentro de una nueva relación.
Las y los legisladores señalaron que dicha disposición vulneraba el derecho de la niñez a contar con una identidad acorde a su realidad biológica y familiar.
Con esta reforma, madres y padres podrán reconocer voluntariamente a sus hijas e hijos directamente durante el registro de nacimiento, eliminando además procedimientos innecesarios ante el Ministerio Público.
La modificación al artículo 72 establece que los progenitores tienen la obligación de reconocer a sus hijos y que dicho reconocimiento podrá realizarse por la madre o el padre en el momento del registro correspondiente.
Durante la discusión del dictamen, el diputado Venustiano Pérez Sánchez afirmó que esta reforma garantiza los derechos de la niñez a la identidad, así como el derecho de las mujeres a ejercer su maternidad sin obstáculos ni tutelas jurisdiccionales.
Asimismo, señaló que las disposiciones anteriores generaban actos discriminatorios, debido a que históricamente al hombre sí se le permitía registrar hijos fuera del matrimonio, mientras que a las mujeres no.
El dictamen precisa además que los actos de reconocimiento podrán ser impugnados mediante la vía judicial correspondiente, garantizando el debido proceso y respetando en todo momento el interés superior de la niñez.
Por otra parte, el presidente de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia, el diputado Eduardo Van Wormer, presentó una reserva al artículo 72 para establecer que, en caso de que la persona que deba comparecer para el reconocimiento no lo haga, el oficial del Registro Civil deberá dar parte a la autoridad competente.
Garantizarán derecho a la identidad y filiación de niñas y niños en Baja California Sur









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